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Contrato para la Formación

 El nuevo contrato para la Formación y el Aprendizaje incorporta múltiples ventajas beneficias tanto para las empresas como para los trabajadores, publicadas el 11 de febrero a través del R.D. Ley 3/2012 de 10 de febrero

 

En FUTURA GESTIONA nos encargaremos durante la vigencia del contrato de realizar la formación inherente al mismo. Puede gestionar el contrato de formación con nosotros o si lo prefiere puede ponernos en contacto con su Asesor y nos encargaremos de gestionarlo conjuntamente.

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO EN FORMACIÓN

 

El Salario del trabajador será proporcional al tiempo de trabajo efectivo, estando regulado por el convenio colectivo correspondiente nunca podrá ser proporcionalmente inferior en proporción al salario mínimo interprofesional.

– El porcentaje de trabajo efectivo está establecido en la siguiente proporción:

– 1º año el 75%

– 2º año el 85%

– 3º año el 85%

La edad de contratación comprende a menores de 30 años y mayores de 16 años, el limite de 30 años se reducirá a 25 cuando la tasa de desempleo del país sea inferior al 15%.

El periodo de contratación en este contrato será un máximo de tres años y un mínimo de un año, se podrán hacer por un periodo menor de duración siempre y cuando el convenio colectivo lo permita, pero nunca se celebrará un contrato para la formación y el aprendizaje con una duración menor a seis meses.

Desempleo: Se mantiene el derecho a la protección por desempleo.

El nuevo contrato en formación mantiene el derecho a desempleo para el trabajador.

Para que una empresa pueda realizar un contrato formación el trabajador debe estar inscrito como desempleado.

Para que la empresa pueda beneficiarse de las bonificaciones de los seguros sociales es que el trabajador no haya trabajado para la empresa en los últimos 12 meses

Para un contrato formación totalmente bonificado el trabajador no puede haber desempeñado la misma ocupación en la empresa con anterioridad por un tiempo igual o mayor a 2 años

El trabajador no podrá tener formación superior reglada relacionada con la ocupación para la que se le contrata.

Ej: ”un candidato para un puesto de administrativo en general que tenga un FP II de Administrativo”

Reducciones Contrato Formación: 

La empresa podrá bonificarse el 100% de los seguros sociales del trabajador siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriormente detallados (en caso de empresas de más de 250 trabajadores la bonificación será del 75%)

En caso de que la empresa decida modificar el contrato a indefinido disfrutará de reducciones de 1500€ en caso de hombre y 1800€ en caso de mujeres.

El coste de la formación es de 0€ ya que es 100% bonificada por lo que ésta no le representa ningún coste a la empresa siempre y cuando se cumplan con los requisitos anteriormente citadas. Durante el primer año la formación ocupará el 25% de la jornada laboral del trabajador, el segundo y tercer ali será del 15%.

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